lunes, 29 de marzo de 2010

Indotel afirma Canal 53 de Santiago operaba en dos frecuencias no autorizadas que podrían interferir frecuencias para vuelos de aviones

SANTO DOMINGO.-El canal 53 en la frecuencia de CATV (Cibao TV Club), de Santiago de los Caballeros, operaba de manera ilegal en dos frecuencias no autorizadas, informó hoy el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) que estableció que esta empresa, asimismo, solo estaba facultada a operar en circuito cerrado o difundir a través del sistema de cable del país.

En tanto, el órgano regulador advirtió que las dos frecuencias que usaba el Canal 53 se emiten en señales que puede interferir en las frecuencias que se usan para la aeronavegación (vuelos de aviones), lo que podría causar una tragedia.

Informó, no obstante, que no se trata de una medida específica contra Cibao TV Club, ya que el mismo día del cese de las operaciones de ese canal se dispuso cerrar un sistema de cable en la colonia El Cerro de Miches y una empresa de telecomunicaciones en Santo Domingo que también se determinó mediante el sistema de monitorio que operaban ilegalmente.

La explicación la ofreció el licenciado José Alfredo Rizek, miembro del consejo directivo del Indotel en representación del ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, ingeniero Temístocles Montás, quien está al frente del órgano regulador en ausencia de su presidente, doctor José Rafael Vargas, que está en licencia en procura de ser electo senador por la provincia Espaillat.

Rizek manifestó que las operaciones ilegales de estas empresas se determinaron mediante monitoreo que realiza la gerencia de Inspección del Indotel en el espectro radioeléctrico del país, sobre lo cual se rinde un informe todos los días.

“En todo ese monitoreo que se hace normalmente arrojó una serie de operaciones ilegales en la República Dominicana, específicamente arrojó la operación de un cable ilegal en la colonia El Cerro, en Miches; arrojó la operación ilegal de una empresa de telecomunicaciones en la ciudad de Santo Domingo y arrojó el uso de unas frecuencias ilegales en la ciudad de Santiago operada por el canal 53”, enfatizó el consejero.

Aclaró que “el canal 53 no es un canal de VHF ni de UHF que son los canales que tienen permiso para operar usando el espectro”. Agregó que “este canal es un canal de circuito cerrado que son los canales que pueden trasmitir por los sistemas de cables, como son el canal 10 de Telecable Nacional, el 16 de Santo Domingo TV, etc. en Santo Domingo”.

“Esta empresa estaba utilizando dos frecuencias de manera ilegal, la 401.750 y la 397.250. Estas son frecuencias que corresponden a audio y video, pero en el caso de la República Dominicana es peor porque estas frecuencias están asignadas a servicio de radiocomunicación en virtud del Plan de Asignación Nacional de Frecuencia que emitió el Presidente (Hipólito) Mejía en el año 2002”, precisó el licenciado Rizek.

Manifestó que “a este canal se le advirtió que estaba utilizando esa frecuencia de manera ilegal y como quiera mantuvo esta transmisión”. Significó que al canal 53 se le envió una comunicación dándole un plazo de 48 horas para que cese el uso ilegal de estas dos frecuencias del espectro, pero no obtemperó a ese emplazamiento.

Señaló que la directora ejecutiva del Indotel, doctora Joelle Exarhakos, dictó el jueves la resolución número 024-10 donde ordenaba el cese de la transmisión en esas dos frecuencias, “no de la operación del canal por los sistemas de cables el cual sigue estando autorizado a hacerlo”.

“Lo que se hizo fue el cese de las operaciones de esas dos frecuencias que estaban operando de manera ilegal y se ocuparon los equipos que estaban siendo utilizados para la operación de estas frecuencias de manera ilegal”, subrayó el licenciado Rizek.

Aclaró que “el canal 53 TV Club Santiago sigue con la capacidad para operar vía los canales de cables, sigue con la capacidad para transmitir su programación normal y que el Indotel ha actuado como siempre actúa en estos casos, cuando se verifica una violación al uso del espectro o una violación a la ley 153-98”.

“El Indotel está funcionando en virtud del principio de delegación que establece la Ley General de las Telecomunicaciones, ley 153-98 ante la ausencia de su presidente Jose Rafael Vargas, quien ha tomado una licencia en el cese de sus funciones por ostentar una candidatura a senador por la provincia Espaillat”, insistió el licenciado Rizek.

Precisó que el canal sigue con la capacidad para operar vía los canales de cables, sigue con la capacidad para transmitir su programación normal y que el Indotel ha actuado como siempre actúa en estos casos, cuando se verifica una violación al uso del espectro o una violación a la ley 153-98.

Rizek indicó que en el año 1983 se le dio un permiso al canal 53 TV Club Santiago para la operación en los sistemas de cable bajo el sistema de circuito cerrado como se indicaba en estos permisos.

“Nosotros no hemos descubierto una operación de cable ilegal ahora, los sistemas de cable donde transmite el canal 53 transmiten de manera legal y son empresas muy seria con nombres establecidos y tienen todos los permisos dado por el Indotel”, enfatizó.

Rizek obvió referirse al problema de contenido se ha creado en torno al cese de las operaciones del canal 53 de Santiago, en razón de que el Indotel no regula esa parte de las comunicaciones.

Sostuvo que “el Indotel no ha actuado de ninguna manera en contra de la libertad de expresión que tiene todo ciudadano independientemente de que haya cometido abusos en el ejercicio de esa libertad”, refiriéndose al programa del doctor Eduardo Fadul, quien ha alegado que el cierre del canal se debió a críticas que hacía al gobierno y a funcionarios a través de su espacio.

El miembro del consejo directivo explicó que no le corresponde al Indotel juzgar el contenido de ningún programa, sino que eso tendrá que hacerlos aquellos que se sienten agredidos por los comentarios del doctor Fadul.

Unidad de Prensa Indotel

29 de marzo, 2010

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